Impuestos de Salida de Nicaragua; Viajar es una de las experiencias más enriquecedoras que existen. Nos permite explorar nuevas culturas, idiomas y paisajes. Sin embargo, cada viaje internacional implica una serie de procedimientos y obligaciones que no podemos pasar por alto. Entre estos, los impuestos de salida constituyen un aspecto crucial que todo viajero debe considerar al planificar su partida desde Nicaragua. Estos impuestos, aunque pueden parecer meros trámites burocráticos, juegan un papel importante en el funcionamiento de los aeropuertos y puntos fronterizos, contribuyendo al mantenimiento de la infraestructura y servicios que facilitan nuestros viajes.

En Nicaragua, al igual que en muchos otros países, los impuestos de salida son una realidad con la que todos los viajeros, tanto nacionales como internacionales, deben cumplir. Estos no solo varían en función de varios factores, como la edad del viajero o su nacionalidad, sino que también pueden sufrir modificaciones debido a cambios legislativos o políticas gubernamentales. Por ello, estar bien informado sobre estas obligaciones es fundamental para evitar contratiempos y asegurar una experiencia de viaje fluida y sin sorpresas.

Este artículo tiene como objetivo proporcionarte toda la información necesaria sobre los impuestos de salida de Nicaragua, desde su definición y el marco legal que los regula, hasta cómo y dónde realizar su pago. Así, ya sea que estés planeando tu próximo viaje de negocios, unas vacaciones familiares, o simplemente deseas estar al tanto de tus obligaciones como viajero, aquí encontrarás una guía completa para navegar por este aspecto esencial de tu viaje desde Nicaragua.

Impuestos de Salida de Nicaragua

¿Qué son los Impuestos de Salida?

Los impuestos de salida son tasas que los países imponen a los viajeros que cruzan sus fronteras nacionales hacia destinos internacionales. En Nicaragua, como en muchas otras naciones, este impuesto es una parte esencial del proceso de viaje, diseñado con varios propósitos en mente. Principalmente, sirve como un medio para generar ingresos que pueden ser reinvertidos en el mantenimiento y mejora de la infraestructura aeroportuaria y fronteriza, asegurando que estas instalaciones cumplan con los estándares internacionales y proporcionen una experiencia segura y eficiente para todos los viajeros.

Además de su función de recaudación de fondos, los impuestos de salida de Nicaragua también pueden tener objetivos específicos dependiendo de las políticas gubernamentales o económicas del país. Por ejemplo, pueden destinarse a financiar programas de turismo, mejorar servicios de seguridad en puntos de entrada y salida, o incluso apoyar esfuerzos de conservación ambiental. En Nicaragua, este impuesto no solo refleja el compromiso del país con el mantenimiento de una infraestructura de calidad para sus ciudadanos y visitantes, sino que también simboliza una fuente importante de ingresos que contribuye a diversos proyectos nacionales.

La implementación de impuestos de salida varía ampliamente de un país a otro, no solo en términos del monto cobrado, sino también en cómo se recauda y administra. En el caso de Nicaragua, este impuesto se cobra tanto a ciudadanos nicaragüenses como a extranjeros que dejan el país, y su pago es un requisito indispensable para completar el proceso de salida.

Entender los impuestos de salida es fundamental para cualquier viajero, ya que estos pueden influir en el costo total del viaje. Algunas aerolíneas incluyen este impuesto en el precio del boleto aéreo, mientras que en otros casos, los viajeros deben realizar el pago por separado en puntos designados antes de su partida. En las siguientes secciones, exploraremos más a fondo cómo se aplica este impuesto en Nicaragua, incluyendo detalles sobre su costo, cómo y dónde se paga, y qué exenciones pueden aplicar.

Legislación Vigente sobre los Impuestos de Salida en Nicaragua

En Nicaragua, la legislación que regula los impuestos de salida es un conjunto de normativas y disposiciones legales que establecen cómo se debe cobrar este impuesto, quiénes están obligados a pagarlo, y cómo se utilizan los fondos recaudados. Este marco legal está sujeto a cambios y actualizaciones que pueden responder a necesidades fiscales, mejoras en la infraestructura o iniciativas de política turística. Por lo tanto, es crucial tanto para viajeros como para profesionales en el sector turístico, estar al tanto de estas normativas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar inconvenientes durante el proceso de salida del país.

Normativas Principales

La legislación nicaragüense sobre los impuestos de salida se articula a través de varias leyes y decretos, entre los que destaca la Ley General de Turismo y las disposiciones administrativas emitidas por la Dirección General de Ingresos (DGI) y el Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR). Estos organismos son los encargados de definir las políticas fiscales en materia de turismo, incluyendo el establecimiento de tasas, exenciones y procedimientos de cobro del impuesto de salida.

Monto y Aplicabilidad

El monto del impuesto de salida se define anualmente en el Presupuesto General de la República y puede variar en función de diversos factores, como la situación económica del país, las necesidades de inversión en infraestructura turística y de transporte, y las políticas de fomento al turismo. Este impuesto es aplicable a todos los viajeros que salen de Nicaragua por vía aérea o terrestre, con algunas excepciones específicas que la ley establece, como diplomáticos, niños menores de cierta edad y casos especiales por razones humanitarias o de interés nacional.

Procedimientos de Pago

Los procedimientos para el pago del impuestos de salida de Nicaragua están diseñados para ser lo más eficientes posible, facilitando a los viajeros cumplir con esta obligación sin retrasos en sus itinerarios. Esto incluye la posibilidad de realizar pagos en puntos designados en aeropuertos y fronteras, así como opciones de pago anticipado en bancos y, en algunos casos, a través de medios electrónicos.

Cambios y Actualizaciones Recientes

Es importante destacar que la legislación nicaragüense en materia de impuestos de salida puede experimentar modificaciones que busquen adaptarse a las dinámicas del sector turístico global, mejorar la competitividad del país como destino turístico, y asegurar la sostenibilidad de los recursos que financian. Estos cambios son comunicados a través de los canales oficiales del gobierno y las entidades reguladoras del turismo y la aviación civil en Nicaragua.

Importancia de la Legislación para el Sector Turístico

Entender y aplicar correctamente la legislación vigente sobre los impuestos de salida no solo es una cuestión de cumplimiento legal para los viajeros, sino que también es fundamental para las agencias de viajes, operadores turísticos y aerolíneas que operan en Nicaragua. Proporciona una base clara para la planificación de costos, la gestión de reservaciones y la asesoría a clientes sobre sus obligaciones fiscales al viajar desde Nicaragua.

La legislación vigente sobre los impuestos de salida en Nicaragua es un pilar esencial para el funcionamiento eficiente del sector turístico y de transporte del país, asegurando que tanto viajeros como operadores turísticos comprendan y cumplan con sus responsabilidades fiscales.

Monto Actual del Impuesto de Salida de Nicaragua

El monto del impuesto de salida de Nicaragua es una variable crucial tanto para viajeros como para planificadores de viajes, ya que forma parte integral del presupuesto total de cualquier desplazamiento internacional desde este país. Es importante destacar que este monto puede variar en función de las decisiones presupuestarias del gobierno y las necesidades de inversión en infraestructura turística y de transporte. Al momento de la última actualización, el monto específico del impuesto de salida está determinado por la legislación vigente y puede estar sujeto a cambios.

Para Viajeros Aéreos y Terrestres

Generalmente, el impuesto de salida para los viajeros que salen de Nicaragua por vía aérea se ha mantenido en una tasa estándar, que ronda los 35 a 50 dólares estadounidenses. Este monto incluye tanto a ciudadanos nicaragüenses como a extranjeros, aunque es siempre recomendable verificar si hay diferencias específicas aplicables por nacionalidad o tipo de viaje.

Para aquellos que cruzan las fronteras terrestres, el monto del impuesto puede ser menor, reflejando las diferencias en los costos operativos y de infraestructura entre los puntos de salida aéreos y terrestres. Sin embargo, este monto también es sujeto a las mismas variables y consideraciones presupuestarias.

Excepciones y Reducciones

Existen ciertas excepciones y reducciones aplicables a diferentes grupos de viajeros, como menores de edad, diplomáticos, y personas que viajan por razones humanitarias o de servicio gubernamental. Además, en algunos casos, los residentes o ciudadanos de países con acuerdos bilaterales con Nicaragua pueden estar sujetos a tasas reducidas o exenciones específicas.

Inclusión en el Precio del Boleto Aéreo

Es importante notar que muchas aerolíneas incluyen el impuesto de salida en el costo del boleto aéreo. Esto significa que el viajero no necesita realizar ningún pago adicional al momento de la salida. No obstante, esta práctica puede variar entre diferentes compañías aéreas, por lo que se recomienda a los viajeros verificar los detalles específicos de su boleto y las políticas de la aerolínea al respecto.

Actualizaciones y Consultas

Dado que el monto del impuesto de salida puede ser ajustado por el gobierno en respuesta a diversas necesidades fiscales y de infraestructura, se aconseja a los viajeros y profesionales del turismo mantenerse informados a través de fuentes oficiales como la página web de la Dirección General de Ingresos (DGI) de Nicaragua, el Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR), o directamente en los sitios web de las aerolíneas y puntos de control fronterizo.

El monto actual del impuesto de salida de Nicaragua es una información esencial que todos los viajeros deben tener en cuenta al planificar sus viajes. Mantenerse actualizado con las últimas cifras y normativas garantiza una experiencia de viaje más fluida y sin contratiempos fiscales inesperados.

Formas de Pagar el Impuesto de Salida

Pagar el impuesto de salida es un paso necesario para todos los viajeros que desean salir de Nicaragua, ya sea por aire o por tierra. Afortunadamente, el proceso para realizar este pago es relativamente sencillo y puede completarse de varias maneras, adaptándose a las necesidades y preferencias de cada viajero. A continuación, se describen las opciones más comunes para efectuar este pago:

En Aeropuertos y Puntos de Frontera

La forma más tradicional de pagar el impuesto de salida es directamente en el aeropuerto o en el punto de frontera terrestre antes de la salida. En estos lugares, generalmente se encuentran ventanillas o kioscos específicos dedicados a la recaudación del impuesto, donde los viajeros pueden realizar el pago en efectivo o, en algunos casos, con tarjeta de crédito. Es importante considerar que, aunque esta opción es conveniente para muchos, puede implicar tiempos de espera adicionales durante periodos de alta demanda.

Pago en Línea

En respuesta a la creciente demanda de servicios digitales, algunas entidades ofrecen la opción de pagar el impuesto de salida en línea antes del viaje. Esta modalidad permite a los viajeros realizar el pago a través de una plataforma de internet, utilizando una tarjeta de crédito o débito. El recibo del pago en línea debe ser presentado en el momento del check-in o en el control de pasaportes, según se requiera.

Bancos y Entidades Autorizadas

Otra opción para el pago del impuesto de salida es a través de bancos y otras entidades financieras autorizadas dentro de Nicaragua. Los viajeros pueden acudir a estas instituciones antes de su viaje para realizar el pago, recibiendo un comprobante que luego será requerido como prueba del pago al momento de salir del país. Esta alternativa es útil para aquellos que prefieren resolver este trámite con antelación a su llegada al aeropuerto o punto fronterizo.

Inclusión en el Precio del Boleto Aéreo

Como se mencionó anteriormente, muchas aerolíneas incluyen el impuesto de salida directamente en el precio del boleto aéreo. En estos casos, el viajero no necesita realizar ningún pago adicional por este concepto, ya que el impuesto ha sido previamente cubierto al momento de la compra del boleto. Sin embargo, es fundamental que los viajeros verifiquen esta información con su aerolínea para asegurarse de que el impuesto esté efectivamente incluido y evitar sorpresas el día del viaje.

Recomendaciones Generales

Independientemente de la forma elegida para pagar el impuesto de salida, se recomienda a los viajeros confirmar el monto actual del impuesto y las opciones de pago disponibles antes de su viaje. Asimismo, es aconsejable conservar el comprobante de pago hasta haber completado todos los controles de salida, ya que este documento puede ser solicitado por las autoridades migratorias o de seguridad del aeropuerto.

El pago del impuestos de salida de Nicaragua es un requisito indispensable para todos los viajeros que deseen salir del país. Conociendo las opciones disponibles, los viajeros pueden elegir la forma de pago que mejor se adapte a sus necesidades, asegurando así un proceso de salida fluido y sin contratiempos.

Exenciones y Casos Especiales

Al planificar un viaje desde Nicaragua, es esencial tener en cuenta no solo el monto del impuesto de salida y las formas de pago, sino también las posibles exenciones y casos especiales que podrían aplicar a determinados grupos de viajeros. Estas excepciones están diseñadas para facilitar el tránsito de ciertas personas bajo circunstancias particulares, reflejando políticas de facilitación turística, diplomática y de cooperación internacional. A continuación, se detallan algunos de estos casos:

Menores de Edad

Los niños menores de cierta edad pueden estar exentos del pago del impuesto de salida. La edad específica y las condiciones bajo las cuales se aplica esta exención pueden variar, por lo que es recomendable consultar la legislación vigente o contactar a las autoridades competentes para obtener información actualizada.

Diplomáticos y Funcionarios Internacionales

Los diplomáticos y funcionarios de organizaciones internacionales, así como sus familias dependientes, suelen estar exentos del pago de impuestos de salida en muchos países, incluido Nicaragua. Esta exención se otorga en el marco de los convenios internacionales y las prácticas diplomáticas usuales, y requiere la presentación de documentación que acredite el estatus diplomático u oficial.

Casos Humanitarios

En situaciones de emergencia o por razones humanitarias, ciertos viajeros pueden ser exentos del pago del impuesto de salida. Esto incluye, por ejemplo, a personas que deben viajar de urgencia por motivos de salud o desastres naturales. La aplicación de estas exenciones es evaluada caso por caso, y es necesario presentar los documentos justificativos pertinentes.

Acuerdos Bilaterales o Multilaterales

Nicaragua, como parte de su política exterior y de cooperación internacional, puede establecer acuerdos bilaterales o multilaterales con otros países que incluyan la exención del impuesto de salida para ciudadanos de los estados miembros. Estos acuerdos son parte de estrategias más amplias de facilitación del movimiento de personas y fomento de las relaciones internacionales.

Personal de Líneas Aéreas y Marítimas

El personal que trabaja en líneas aéreas y marítimas, incluyendo pilotos, azafatas y personal de barcos, puede estar exento del impuesto de salida cuando están en servicio o en tránsito para unirse a su medio de transporte. Estas exenciones buscan facilitar la operación de las compañías de transporte internacional y requieren la presentación de una identificación oficial de la empresa y, en algunos casos, una orden de movimiento o misión.

Recomendaciones

Para aquellos viajeros que creen estar exentos del pago del impuestos de salida de Nicaragua por alguna de las razones mencionadas, es crucial obtener y preparar la documentación necesaria con anticipación. Además, se recomienda verificar la información actualizada sobre exenciones y procedimientos con las autoridades nicaragüenses o la entidad responsable del cobro del impuesto, ya que las políticas y regulaciones pueden cambiar.

Conocer las posibles exenciones y casos especiales no solo puede facilitar el proceso de salida del país, sino también ayudar a planificar mejor el viaje y evitar inconvenientes o gastos inesperados.

Impuestos de Salida en el Contexto Centroamericano

Los impuestos de salida son una práctica común en muchos países del mundo, incluidos los de la región centroamericana. Cada nación establece sus propias tarifas y políticas en relación con estos impuestos, reflejando una variedad de enfoques y objetivos que van desde el fomento del turismo hasta la generación de ingresos para mejoras en infraestructura y servicios. Al comparar Nicaragua con sus vecinos centroamericanos, podemos observar diferencias interesantes que vale la pena destacar para viajeros y profesionales del turismo.

Comparación de Tarifas

Aunque todos los países de Centroamérica cobran de alguna forma el impuesto de salida, el monto varía significativamente de uno a otro. Por ejemplo, mientras que Nicaragua puede cobrar una tarifa que ronda los 35 a 50 dólares estadounidenses para salidas aéreas, países como Costa Rica y Honduras tienen tarifas similares o ligeramente diferentes. Por otro lado, en algunos países, el impuesto de salida para viajes terrestres puede ser menor, ofreciendo una opción más económica para viajeros que se desplazan por la región.

Inclusión en el Boleto Aéreo

Un aspecto importante a considerar es que, al igual que en Nicaragua, varias aerolíneas que operan en otros países centroamericanos incluyen el impuesto de salida en el costo del boleto aéreo. Esta práctica simplifica el proceso de viaje para el pasajero, evitando tener que realizar pagos adicionales en el aeropuerto. Sin embargo, esto no es uniforme en toda la región, y es crucial que los viajeros verifiquen con sus aerolíneas específicas para entender cómo se maneja el impuesto de salida para su vuelo.

Exenciones y Casos Especiales

Las políticas de exención para el impuesto de salida también varían en la región centroamericana. Algunos países pueden ofrecer un rango más amplio de exenciones, incluyendo grupos específicos como estudiantes, residentes, o personas de cierta edad. Estas exenciones reflejan no solo diferencias en políticas fiscales sino también en enfoques hacia el turismo, la diplomacia y la cooperación internacional.

Acuerdos Regionales

Centroamérica cuenta con varios acuerdos regionales que pueden influir en las políticas de impuestos de salida. Por ejemplo, el CA-4 (un acuerdo entre Guatemala, El Salvador, Honduras, y Nicaragua) permite a los ciudadanos de estos países moverse libremente entre ellos sin pagar impuestos de salida. Estos acuerdos reflejan un esfuerzo por fomentar el turismo intrarregional y facilitar el comercio y la movilidad de personas.

Consideraciones para Viajeros

Para los viajeros que se desplazan dentro de Centroamérica, es fundamental estar informados sobre las diferentes políticas de impuestos de salida. Esto no solo ayuda a planificar mejor el presupuesto de viaje, sino también a evitar sorpresas o contratiempos en el momento de la salida. Además, comprender las variaciones en estas tarifas y políticas puede ofrecer oportunidades para optimizar rutas de viaje, especialmente para aquellos que buscan explorar múltiples destinos en la región.

Mientras que el concepto de impuestos de salida es común en toda Centroamérica, las especificidades varían de país a país. Para viajeros y profesionales del turismo, mantenerse al tanto de estas diferencias es clave para una experiencia de viaje exitosa y sin inconvenientes.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puedo pagar el impuesto de salida con tarjeta de crédito?

Sí, en muchos casos es posible pagar el impuesto de salida con tarjeta de crédito, especialmente en aeropuertos y puntos de salida importantes. Sin embargo, se recomienda llevar algo de efectivo local o dólares estadounidenses, ya que en algunos puntos fronterizos más pequeños o en momentos específicos, las máquinas de tarjeta pueden no estar disponibles o presentar fallas.

¿El impuesto de salida está incluido en el precio del boleto aéreo?

En muchas aerolíneas que operan desde y hacia Nicaragua, el impuesto de salida ya está incluido en el precio del boleto aéreo. Sin embargo, esto puede variar dependiendo de la aerolínea, por lo que es importante verificar esta información específica al momento de comprar el boleto o realizar el check-in.

¿Qué pasa si no pago el impuesto de salida?

El pago del impuesto de salida es un requisito legal para poder salir del país. Si un viajero intenta salir sin haber realizado este pago, se le impedirá pasar por el control de pasaportes y se le requerirá que cumpla con esta obligación antes de proceder. Esto podría resultar en retrasos significativos y potencialmente en la pérdida del vuelo.

¿Cómo solicito la exención del impuesto de salida?

Si crees que calificas para una exención del impuesto de salida por alguna de las categorías admitidas (por ejemplo, diplomáticos, ciertos casos humanitarios, entre otros), deberás presentar la documentación apropiada que acredite tu situación según las directrices establecidas por las autoridades nicaragüenses. Este proceso puede variar, por lo que es recomendable consultar con la embajada o consulado de Nicaragua, o directamente con las autoridades de migración en el aeropuerto o punto fronterizo.

¿Hay diferencias en el impuesto de salida para nacionales y extranjeros?

Generalmente, el monto del impuesto de salida es el mismo para tanto nacionales como extranjeros. Sin embargo, pueden existir ciertas promociones, exenciones o diferencias en el proceso de pago para ciudadanos nicaragüenses. Es importante revisar la información oficial más reciente para obtener detalles específicos relacionados con estas posibles diferencias.

¿Se puede pagar el impuesto de salida en moneda local o debe ser en dólares estadounidenses?

Aunque el dólar estadounidense es ampliamente aceptado para el pago del impuesto de salida, también es posible pagar en la moneda local (córdobas) en la mayoría de los puntos de salida. El tipo de cambio aplicado debería estar claramente indicado en el lugar de pago para evitar confusiones.

Consejos para Viajeros

Al planificar su salida de Nicaragua, los viajeros pueden tomar varias medidas para asegurarse de que el proceso sea lo más fluido y libre de estrés posible. Aquí les ofrecemos algunos consejos clave para tener en cuenta:

Verifique el Estado de su Impuesto de Salida

  • Confirme si el impuesto de salida está incluido en su boleto aéreo. Muchas aerolíneas incluyen este costo en el precio del boleto, lo cual simplifica el proceso al momento de la salida. Revise su boleto o póngase en contacto con la aerolínea para verificar esta información.
  • Esté al tanto de los cambios en la legislación o en las tasas del impuesto. Las tasas y regulaciones pueden cambiar, así que verifique la información más reciente antes de su viaje.

Planifique su Forma de Pago

  • Lleve consigo varias formas de pago. Aunque en muchos lugares se aceptan tarjetas de crédito, tener efectivo disponible (tanto en moneda local como en dólares estadounidenses) puede salvarlo de inconvenientes en puntos donde no se acepten tarjetas o haya fallas en los sistemas.
  • Considere pagar el impuesto con anticipación si es posible. Si tiene la opción de pagar el impuesto de salida en línea o en un banco antes de llegar al aeropuerto o punto de salida, puede ahorrarse tiempo y evitar filas.

Llegue con Suficiente Antelación

  • Anticipe retrasos, especialmente en temporadas altas. Los aeropuertos y puntos fronterizos pueden estar particularmente concurridos durante las vacaciones o temporadas de viaje pico. Llegar con suficiente antelación le dará margen para sortear cualquier retraso inesperado.

Mantenga a Mano la Documentación Necesaria

  • Guarde su recibo de pago del impuesto de salida. Si pagó el impuesto por adelantado o si está incluido en su boleto aéreo, asegúrese de llevar un comprobante de pago. Este documento puede ser solicitado por las autoridades migratorias.
  • Tenga a la mano todos los documentos necesarios si califica para una exención. Si usted es elegible para una exención del impuesto de salida por cualquier motivo, asegúrese de tener todos los documentos necesarios para probarlo.

Infórmese Sobre Exenciones y Casos Especiales

  • Conozca las exenciones aplicables. Si cree que puede calificar para una exención del impuesto de salida, investigue las condiciones y prepare la documentación necesaria para evitar pagos innecesarios.

Consulte con las Autoridades si Tiene Dudas

  • No dude en pedir ayuda. Si tiene alguna duda sobre el impuesto de salida, su pago, o si necesita confirmar si está exento, contacte con las autoridades nicaragüenses o consulte en el aeropuerto antes de su viaje.

Siguiendo estos consejos, los viajeros pueden asegurar una experiencia más tranquila y organizada al salir de Nicaragua, evitando contratiempos de última hora y disfrutando de un viaje más placentero.

Conclusión

El impuesto de salida de Nicaragua es una consideración importante para cualquier viajero que se embarca en un viaje internacional desde este país. Aunque pueda parecer un mero trámite administrativo, este impuesto juega un papel crucial en el mantenimiento de la infraestructura turística y de transporte del país, facilitando así una experiencia de viaje más segura y placentera para todos. Al estar bien informados sobre el monto actual del impuesto, las formas de pago disponibles, las posibles exenciones y los consejos prácticos para una salida sin contratiempos, los viajeros pueden planificar sus viajes de manera más eficiente, asegurando una experiencia de viaje sin sobresaltos.

Es vital mantenerse actualizado con la información más reciente, ya que las tasas y políticas pueden cambiar. Verificar si el impuesto de salida está incluido en el boleto aéreo, explorar las opciones de pago con antelación y llegar preparado al punto de salida, son prácticas recomendadas que pueden hacer una gran diferencia en la fluidez del proceso de salida del país.

Nicaragua, al igual que sus vecinos centroamericanos, ofrece paisajes naturales impresionantes, rica cultura y una cálida bienvenida a los visitantes internacionales. Entender y cumplir con los requisitos fiscales como el impuesto de salida no solo demuestra respeto por las normativas del país, sino que también contribuye al desarrollo y mejora continua de los servicios y la infraestructura turística.

Con una preparación adecuada y un conocimiento claro de los requisitos de salida, los viajeros pueden enfocarse en lo que verdaderamente importa: disfrutar de la belleza y la hospitalidad que Nicaragua tiene para ofrecer.

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